miércoles, octubre 25, 2006

Sentencia del Tribunal Constitucional de 29/09/2003.

Sentencia del Tribunal Constitucional de 29 de septiembre de 2003.

La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, Presidente, don Pablo García Manzano, doña María Emilia Casas Baamonde, don Javier Delgado Barrio y don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A:

F A L L O En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, Ha decidido Otorgar el amparo solicitado por doña Manuela Moreno Santarén y, en consecuencia: 1º Reconocer el derecho de la demandante a la tutela judicial efectiva del art. 24.1 CE. 2º Anular las providencias de 14 y 29 de febrero de 2000 del Juzgado de Primera Instancia número 6 (familia) de Sevilla, dictadas en el juicio de separación matrimonial 667/99, en cuanto le negaron legitimación para intervenir en la ejecución del Auto de 1 de diciembre de 1999 que acordó las medidas provisionales que deberían regir la situación de los esposos durante la tramitación del juicio de separación, sólo en el concreto extremo que se refiere a las obras de división que se ordenaba realizar sobre la finca que alega le pertenece por ser propietaria de su mitad indivisa y usufructuaria de la otra mitad. Publíquese esta Sentencia en el "Boletín Oficial del Estado". Dada en Madrid, a veintinueve de septiembre de dos mil tres.

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